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Es un conjunto de normas y principios del Derecho mediante los que se crean, desarrollan, regulan, modifican y derogan los tributos, el marco legal de los diferentes procedimientos tributarios, las normas tributarias generales y los órganos de la administración tributaria.

Se define el derecho tributario como el conjunto de normas y principios del Derecho mediante los que se crean, desarrollan, regulan, modifican y derogan los tributos, el marco legal de los diferentes procedimientos tributarios (de gestión, recaudación, inspección, sancionador y de revisión), las normas tributarias generales (Ley General Tributaria) y los Órganos de la Administración tributaria.


Una división generalmente aceptada es aquella que distingue entre:

  • a) Derecho tributario constitucional. Estaría integrado por aquellos preceptos constitucionales dedicados a delimitar el ejercicio del poder tributario, originariamente atribuido por la Constitución española al Estado, y a distribuir las facultades que de él emanan entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
  • b) Derecho tributario sustantivo o material. Está integrado por el conjunto de normas que definen los diferentes supuestos de la obligación tributaria e identifican a los contribuyentes llamados a cumplirlas. Es el compendio de legislación reguladora de los distintos tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales).
  • c) Derecho penal tributario. Conjunto de normas que define las infracciones y su régimen sancionador.
  • d) Derecho tributario internacional. Integrado por el conjunto de acuerdos en los cuales la nación es parte, a efectos de evitar la doble imposición y asegurar la colaboración de las Administraciones tributarias, de los distintos países para tratar de detectar y evitar la evasión fiscal.

 

 

La estrategia requiere pensamiento, las tácticas requieren observación.

Max Euwe.